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MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD INFLUENZA AVIAR

Durante los últimos meses se han detectado brotes de “Gripe Aviar” en aves de corral y en aves cautivas, así como en aves silvestres principalmente en la zona centro y norte de Europa. En particular, en las últimas semanas se ha producido un aumento en el número de casos detectados, tanto en aves silvestres como en aves de corral, lo que indica una tendencia al empeoramiento de la situación con el consiguiente aumento de riesgo para España. Por ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado la DECLARACIÓN DE RIESGO ALTO DE INFLUENZA AVIAR EN ESPAÑA CON ADOPCIÓN DE MEDIDAS PREVENTIVAS EN LAS ZONAS DE ESPECIAL RIESGO Y VIGILANCIA A PARTIR DEL 20 DE ENERO DE 2025, con la activación de la Orden APA/2442/2006. La citada Orden establece una serie de medidas para, por un lado, las Zonas de Especial Riesgo (ZER), que NO tenemos en Asturias y, por otro lado, para las Zonas de Especial Vigilancia (ZEV), en las que se incluyen a los municipios de Vegadeo, Castropol, Tapia de Casariego, Villaviciosa, Ribadesella, Gozón, Corvera de Asturias y Gijón. Medidas de aplicación en Asturias a partir del día 20 de enero 1.- En los municipios de Vegadeo, Castropol, Tapia de Casariego, Villaviciosa, Ribadesella, Gozón, Corvera de Asturias y Gijón, en caso de querer celebrar concentraciones de aves (ferias, mercados, espectáculos similares), deberán adoptar una serie de medidas de protección frente a la citada enfermedad que se indican a continuación:  Los comederos y bebederos estarán dispuestos en tal forma que en ningún caso otras aves silvestres puedan tener acceso a los mismos.  Pediluvios con solución desinfectante en los accesos al evento.  Compromiso de registro de control de entrada de las aves (la organización acreditará la designación de un servicio veterinario/a responsable, que velará por que se cumplan las condiciones higiénico sanitarias de las aves y de las instalaciones y de prestar el apoyo a las actuaciones que le pudieran solicitar los servicios veterinarios oficiales durante las horas de celebración de la concentración aviaria) remitiéndose informe con posterioridad al Servicio de Sanidad y Producción Animal.  Las concentraciones se celebrarán en construcciones cubiertas y cerradas, que impidan suficientemente la posibilidad de contacto entre las aves del certamen y las silvestres.  Se dispondrá de sistema adecuado para depósito y retirada de subproductos animales que se pudieran generar durante la concentración. En caso de reunir estos requisitos, se autorizará la celebración del mencionado evento siempre que no se produzcan cambios en la actual situación epidemiológica que obliguen a prohibir este tipo de concentraciones. No se aplicarán de momento el resto de las medidas de la orden para las Zonas de Especial Riesgo (prohibición de cría de aves de corral al aire libre, por ejemplo), aunque esto se podría revisar en las próximas semanas en función de la evolución de la situación epidemiológica. 2.- En esos municipios y resto de Asturias: Se insta en todo caso, a los titulares, propietarios, criadores o personal al servicio de instalaciones de animales cautivos, tanto de explotaciones ganaderas avícolas industriales como de gallineros de autoconsumo ubicados, en los concejos mencionados y en los del resto de Asturias, a reforzar las medidas de bioseguridad (especialmente aquellas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres) y notificar sin demora a las autoridades competentes de Sanidad Animal del Principado de Asturias (Servicios Veterinarios Oficiales de las Oficinas Comarcales Agrarias), la detección de alguno de estos signos: - caída del consumo de pienso o agua superior a un 20%, - caída en la puesta superior a un 5% durante dos días, - mortalidad superior al 3% durante una semana, - cualquier signo clínico o post-mortem que sugiera la presencia de la enfermedad. 3.- En el caso de las aves silvestres (principalmente, marinas): Comunicar a los Agentes del Medio Natural (112) si se observan mortalidades anormales o se encuentran aves que muestran síntomas clínicos o se hallen muertas, evitando el contacto con las mismas. Es importante así mismo recordar que EL CONSUMO EN ESPAÑA DE CARNE DE AVES Y HUEVOS ES TOTALMENTE SEGURO. Para más información: https://www.mapa.gob.es/fr/ganaderia/temas/sanidad-animal-higieneganadera/notaia16012025confinamientozer_tcm36-699860.pdf y en la web asturias.es en el apartado destinado a esta enfermedad. En Oviedo, a 20 de enero de 2025

Referencias

Consejería de Medio Rural y Política Agraria.